Obligaciones Tributarias de los Socios de las MIPYMES
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en Cuba tienen un marco tributario específico que no solo afecta a la empresa como entidad, sino también a sus socios. En este artículo abordamos el tema. Los socios de las MIPYMES deben pagar los siguientes tributos: 1. Contribución Especial a la Seguridad Social Los socios de las MIPYMES están obligados a contribuir al sistema de seguridad social. Esta contribución se calcula de la siguiente manera: - Base Imponible: Se determina según la base de cálculo seleccionada por el socio, tomando como referencia las escalas y tarifas salariales del país. - Tipo Impositivo: - 20% en total, distribuido de la siguiente forma: - 18,5% para el presupuesto del Estado. - 1,5% para la seguridad social a corto plazo. Esta contribución garantiza el acceso del socio a beneficios sociales y protección en caso de enfermedad, accidente, jubilación...