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Mostrando las entradas de 2026

Importación comercial por vías no comerciales: una nueva oportunidad para emprendedores cubanos

La publicación del Decreto-Ley 132/2026, junto con las resoluciones complementarias del Ministerio de Finanzas y Precios y de la Aduana General de la República, introduce un cambio relevante para el sector económico privado en Cuba: las personas naturales pueden formalizar la importación de mercancías con carácter comercial utilizando las vías tradicionalmente consideradas no comerciales, es decir, mediante viajeros o envíos.   ¿Qué cambia exactamente? Hasta ahora, cuando la Aduana detectaba que una importación excedía los límites permitidos o tenía carácter comercial, procedía generalmente al decomiso de la mercancía. Con la nueva regulación, la persona natural puede optar por formalizar esa importación comercial en lugar de perder los productos.   Esto significa que mercancías que excedan los límites establecidos para importaciones no comerciales o que, por su naturaleza, cantidad o características, sean consideradas comerciales, podrán ser despachadas legalmente media...

El patrocinio en Cuba: una herramienta estratégica para el desarrollo empresarial y la visibilidad de marcas

  La entrada en vigor de la Ley No. 162/2023 de Comunicación Social y del Decreto No. 102/2024, Reglamento para el ejercicio de la publicidad y el patrocinio , marca un hito en el ordenamiento jurídico cubano al reconocer y regular expresamente el patrocinio como una actividad legítima dentro del Sistema de Comunicación Social. Más allá de su dimensión comunicacional, esta figura abre nuevas oportunidades para la articulación entre empresas, instituciones, proyectos y eventos, convirtiéndose en un instrumento relevante para la generación de valor, el posicionamiento de marcas y el fortalecimiento de iniciativas de interés social, cultural, científico y deportivo. ¿Qué es el patrocinio según la legislación cubana? La Ley de Comunicación Social define el patrocinio como una relación de intercambio mediante la cual una persona natural o jurídica aporta financiamiento, bienes o servicios a otra persona u organización y, como contraprestación, obtiene notoriedad y difusión de su n...

Mercado de Barrio en Cuba: una nueva modalidad para acercar productos esenciales a la comunidad

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El Ministerio del Comercio Interior puso en marcha el proyecto Mercado de Barrio , una nueva modalidad de comercialización minorista concebida para ampliar la oferta de productos de primera necesidad y acercarlos a la población mediante la participación conjunta de actores estatales y no estatales. En la fundamentación de la norma se dice que la iniciativa surge como respuesta a las dificultades que han afectado el abastecimiento y la distribución de productos básicos en el país. Entre los factores identificados se encuentran las limitaciones en la llegada de mercancías destinadas a programas fundamentales del comercio, las restricciones energéticas y de combustible, así como otras circunstancias que han impactado la disponibilidad de bienes para la población. ¿Qué es un Mercado de Barrio? El Mercado de Barrio se define como una forma de gestión destinada a la comercialización de una nomenclatura específica de productos en establecimientos seleccionados para ese fin. Estos esta...

El nuevo régimen de usufructo en la Ley No. 185 de 2026: más oportunidades, más flexibilidad y mayores responsabilidades

La Ley No. 185 de 2026 sobre la Tierra Agropecuaria y Forestal y su Reglamento introducen una profunda actualización del régimen jurídico del derecho real de usufructo sobre la tierra. La nueva regulación mantiene el usufructo como una de las principales vías para incorporar productores a la actividad agropecuaria y forestal, pero amplía los sujetos que pueden acceder a la tierra, diversifica los usos autorizados y fortalece los mecanismos de control sobre su explotación. ¿Qué es el derecho real de usufructo? El usufructo es el derecho que permite a una persona natural o jurídica usar y disfrutar una tierra sin convertirse en propietaria de ella. En el caso de la Ley No. 185, la tierra que se entrega en usufructo continúa siendo propiedad del Estado o, en determinados casos, de una Cooperativa de Producción Agropecuaria, mientras que el usufructuario adquiere la facultad de explotarla productivamente y beneficiarse de sus resultados. La ley reconoce al usufructuario: El ...