Resumen sobre el Decreto 167/2026 sobre el comercio interior en Cuba

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¿Ya sabes que el comercio interior en Cuba, tanto mayorista como minorista, cuenta con una nueva norma legal que lo regula? ¿Ya sabes cuál es y qué regula? A continuación te facilitamos un resumen para ayudarte a comprender de qué se trata:

1. Identificación de la norma

  • Título completo: Decreto 167/2026 “Del Comercio Interior”
  • Emisor: Consejo de Ministros
  • Fecha de emisión: 28 de julio de 2026
  • Publicación: Gaceta Oficial No. 69, 28 de agosto de 2026
  • Entrada en vigor: Siete días después de su publicación
  • Objeto: Regular las actividades de comercio interior en Cuba, tanto mayorista como minorista, y los servicios asociados.

2. Objeto y alcance

Explica que el Decreto establece las normas para realizar actividades de comercio interior, define sus principios generales, la organización y ejecución del comercio, los derechos y obligaciones de los comercializadores, y el régimen de contravenciones y sanciones. Aplica a todas las personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras, autorizadas para ejercer actividades comerciales dentro del territorio nacional.

3. Objetivos del Decreto

  • Ordenar y modernizar el comercio interior.
  • Perfeccionar la rectoría estatal sobre las actividades comerciales.
  • Fomentar alianzas entre actores económicos estatales y no estatales.
  • Consolidar modalidades de comercialización y la inversión extranjera.
  • Promover la competencia leal y el desarrollo local.
  • Optimizar las cadenas de suministro.

4. Principios del comercio interior

  • Tutela del consumidor.
  • Competencia leal.
  • Enfoque de cadena de valor.
  • Sostenibilidad.
  • Regulación y control.
  • Legalidad.
  • Interés público.
  • Transparencia.

5. Organización y ejecución del comercio

Describe cómo se estructura el comercio interior, quiénes pueden ejercerlo (comercializadores autorizados), el uso de moneda nacional y divisas, y la obligación de cumplir con el Clasificador de establecimientos comerciales. Incluye la articulación entre el sector estatal y no estatal, y el papel de las administraciones locales para fomentar la participación y la inversión.

6. Derechos y obligaciones de los comercializadores

  • Derechos: Definir tipos de comercio, establecer precios y condiciones, participar en compras públicas, crear cadenas de tiendas o restaurantes.
  • Obligaciones: Inscribirse en el Registro Central Comercial, cumplir garantías y servicios posventa, atender quejas, someterse a auditorías y mantener sistemas de gestión de calidad.

7. Comercio mayorista

Regula la venta de mercancías para aprovisionamiento, transformación o reventa. Define principios de gestión de inventarios, coberturas, rotación, uso de tecnologías y preferencia por producciones nacionales competitivas.

8. Comercio minorista

Regula la venta directa al consumidor final y los servicios asociados. Define sistemas de venta (normada, controlada, regulada y liberada) y modalidades (a distancia, automática, ambulante, rebajas, liquidaciones, obsequios, garaje y venta a plazos).

9. Servicios asociados

  • Gastronómicos: Producción y servicio de alimentos y bebidas, tanto públicos como sociales.
  • Personales: Cuidado y apariencia física.
  • Técnicos: Mantenimiento y reparación de productos o instalaciones.
  • Comerciales y domésticos: Actividades que facilitan las tareas del hogar y mejoran la calidad de vida.

10. Contravenciones y sanciones

Incluye el régimen de infracciones administrativas y las autoridades competentes para imponer sanciones, en correspondencia con la Ley 177/2025 sobre contravenciones y sanciones administrativas.

11. Disposiciones finales

Confirma la derogación de normas anteriores (como el Decreto 155/1989) y fija la entrada en vigor a los siete días posteriores a su publicación.

Descarga la Gaceta con el Decreto 167/2026: Descargar 

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